Según anuncia el diario El Mundo hoy 1 de abril:

A partir de este lunes habrá novedades para los empleados del hogar, colectivo que pasó a integrarse en el Régimen General de la Seguridad Social desde enero de 2012 tras suprimirse su régimen especial.

A diferencia de la normativa anterior, que designaba siempre en el empleador esta tarea, los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador podrán ocuparse directamente de su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos cuando así lo acuerden con sus empleadores.

El cliente que adopte esta nueva modalidad pierde las bonificaciones y permanece como responsable subsidiario de todos los trámites y pagos a la Seguridad Social

En todo caso, las solicitudes de alta, baja y variaciones de datos presentadas por los empleados de hogar deberán ir firmadas por sus empleadores.

La responsabilidad por el incumplimiento de la obligación de cotizar al Sistema Especial para Empleados de Hogar en estos supuestos corresponderá al propio empleado y, subsidiariamente, al empleador o empleadores, salvo que éstos acrediten la entrega de sus aportaciones y cuotas por cualquier medio admitido en derecho.

La opinión de EnTuCasa
Lo que no dice la noticia publicada es que esta modalidad casi nunca es ventajosa para el cliente, salvo en el caso concreto de clientes de muy avanzada edad que no puedan tramitar personalmente las gestiones (caso que desaparece al contar con los servicios de EnTuCasa). Para el resto de empleadores no supone ninguna ventaja y sí los siguientes inconvenientes:

  • No supone ningún ahorro: la cuota de Seguridad Social que paga la empleada deberá sumarse al salario mensual de la misma, con lo que la cuantía total sigue siendo la misma.
  • Al contrario, es más caro: si es la empleada la que tramita y abona la Seguridad Social, el cliente pierde el derecho a la bonificación del 20% en las cuotas que sí tiene si lo abona él mismo.
  • Produce indefensión: en caso de despido, se daría con frecuencia el caso de que la empleada no gestione su propia baja en la Seguridad Social, en cuyo caso se seguirían generando unas cuotas mensuales que la empleada ya no abonaría. Transcurridos unos meses, el cliente recibiría un requerimiento de la Seguridad Social para abonar todas esas cuotas no satisfechas, más la posibilidad de recargos y multas como responsable subsidiario.
  • Quedan como responsables subsidiarios del pago de la Seguridad Social: como hemos dicho antes, el cliente debe confiar en que la empleada cumpla regularmente con su obligación de realizar el pago de la Seguridad Social y tramitar las altas, bajas y variaciones de datos necesarias. Pero en último caso, serán siempre ellos (como empleadores) los que deban hacer frente a ellos de forma subsidiaria.

Por todo ello, desde EnTuCasa seguimos aconsejando realizar todos los trámites como estamos haciendo hasta ahora. Nosotros nos aseguraremos de que cualquier gestión (altas, bajas y variaciones de datos, nóminas mensuales, etc.) estén siempre debida y puntualmente realizadas, de manera que el cliente pueda estar realmente tranquilo.

Para cualquier duda o consulta, póngase en contacto con nosotros y le ampliaremos cualquier información que solicite.

One Response to Las empleadas del hogar con menos de 60 horas al mes podrán gestionar sus altas y bajas
  1. Muchas gracias por la información. Me quedo EnTuCasa 🙂


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